Subvenciones Para Vivienda
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El Programa de Subvenciones Para Vivienda es un programa finanziado por el Condado que brinda subsidios de vivienda a las personas elegibles.
A continuación encontrara las preguntas más frecuentes sobre el Programa de Subsidios para Vivienda.
¿Quiénes son elegibles?
Los inquilinos del Condado de Arlington que:
- sean mayores de 65 años o;
- posean una discapacidad permanente o;
- sean clientes y pacientes de un programa de salud mental que realice o apoye el Condado o;
- sean familias de trabajadores y posean al menos un hijo menor de 18 años.
¿Cuándo debo solicitar una Subvención para Vivienda?
Puede suceder que en ciertas épocas del año el programa se encuentre lleno y no se acepten nuevas solicitudes. Se pueden realizar excepciones para las personas que resida en ciertos refugios para personas sin hogar y programas transitorios de viviendas. Por favor, llámenos para conocer el estado del programa.
¿Dónde puedo solicitarlo?
Puede solicitarlo en la oficina del Consejo de Programas de Asistencia, 2100 Washington Boulevard, o llame al 703-228-1350 para que le envíen una solicitud por correo.
¿Debo residir en el Condado de Arlington para realizar la solicitud?
Sí. Si no es residente del Condado de Arlington se rechazará su solicitud.
¿Si algún miembro de mi hogar no esta legalmente en Los Estados Unidos, puedo recibir el subsidio?
Si, pero recibira un subsidio reducido. Si todos los miembros del hogar (incluyendo Usted) no estran legalmente en Los Estados Unidos, es posible de que usted no sea elegible.
¿En cuánto tiempo comenzare a recibir los beneficios?
Los hogares elegibles normalmente comenzarán a recibir los beneficios dentro de los 90 días de la fecha de solicitud.
¿Cómo se pagan las Subvenciones para Vivienda?
El beneficio de Subvención para Vivienda consiste en un cheque que se emite a su nombre y a nombre del propietario. El cheque se le enviará por correo al comienzo de todos los meses y tanto usted como el propietario deben endosarlo.
¿Debo tener un contrato de arrendamiento para poder calificar para la Subvención para Vivienda?
Sí. Usted deberá tener un contrato de arrendamiento para poder calificar para el programa de Subvenciones para Vivienda. Si está buscando un apartamento y necesita un estimado de la Subvención para Vivienda que podría percibir, por favor comuníquese con nosotros. Si nos provee suficiente información podemos escribir una carta para usted.
¿Debo alquilar una unidad dentro de un complejo específico de viviendas/apartamentos para recibir la Subvención para Vivienda?
No. El programa de Subvenciones para Vivienda no se encuentra limitado a un complejo específico de viviendas/apartamentos.
¿Cuáles son los límites de ingresos?
Los ingresos brutos máximos permitidos provenientes de todas las fuentes son los siguientes (Sin embargo, según las edades de los miembros de la familia y la renta del apartamento, los límites reales del ingreso pueden ser menores):
Tamaño del Hogar |
Límites de ingresos anuales |
1 |
$37,485 |
2 |
$42,840 |
3 |
$48,195 |
4 |
$53,550 |
5 |
$57,843 |
6 |
$62,135 |
7 |
$66,428 |
8 or more |
$70,720 |
¿Los ingresos de qué personas se consideran?
Se consideran los ingresos del solicitante y los de todas las personas que posean un parentesco por consanguinidad o matrimonio con éste.
Para poder calificar como familia trabajadora con niños, ¿cuántas horas semanales debo trabajar?
El jefe de un hogar sin pareja debe trabajar 20 ó 30 horas semanales, según la edad de los niños. En los hogares con dos padres se debe trabajar 40 ó 60 horas semanales, según la edad de los niños.
¿Existen limitaciones respecto de los bienes personales?
Sí. Para poder calificar para el Programa de Subsidios para Vivienda, los bienes personales no podrán exceder de $35,000.
¿Cómo se definen los bienes personales?
Los bienes personales incluyen, pero no se limitan a los siguientes: ahorros y cuentas corrientes, acciones, bonos, IRAs, bienes raíces y automóviles.
¿Puedo recibir una Subvención para Vivienda si actualmente recibo una Ayuda General, una Asistencia para Refugiados o una Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (TANF)?
Las persones que reciben Ayuda General o Asistencia para Refugiados no son elegibles para recibir Subvenciones para Vivienda. Las personas que reciben TANF no son elegibles para recibir Subvenciones para Vivienda, salvo que el jefe del hogar TANF:
- trabaje un mínimo de 60 horas mensuales o,
- se encuentre inscrito en un programa de capacitación laboral aprobado por el Departamento de Servicios Humanos cuya finalización se encuentre programada para dentro de cuatro meses.
¿La Subvención para Vivienda pagará la totalidad de mi renta?
No. La Subvención para Vivienda únicamente pagará una parte de su renta. El monto que pague la Subvención para Vivienda dependerá de sus ingresos, el número de integrantes en la familia y la renta.